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Asociación Vallisoletana de Afectad@s por las Antenas de Telecomunicaciones - AVAATE

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Cuando el derecho a la salud de las personas está muy por debajo del derecho a ver la televisión sin interferencias

Sábado 7 de marzo de 2015 · 2211 lecturas

Lo que realmente le preocupa al Ministerio de Industria, Energía y Turismo respecto a las emisiones electromagnéticas de las operadoras de telefonía móvil (o de cuando el derecho a la salud de las personas está muy por debajo del derecho a ver la televisión sin interferencias):

El sábado 28 de febrero de 2015 se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Orden IET/329/2015, de 26 de febrero, por la que se establecen las actuaciones que deben realizar los operadores prestadores de servicios de comunicaciones electrónicas móviles en la banda del dividendo digital (banda de 800 MHz, que ha sido adjudicada a VODAFONE ESPAÑA S.A.U.; TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U. y FRANCE TELECOM ESPAÑA, S.A.U.), para garantizar que la puesta en servicio de las estaciones emisoras en dicha banda no afecte a las condiciones existentes de recepción del servicio de televisión.

Lo que dicha Orden establece es una serie de importantes obligaciones dirigidas a las empresas operadoras de telefonía móvil citadas, con el fin de que eviten que los servicios que presten en dicha banda de frecuencias no causen interferencias al servicio de radiodifusión de televisión que funciona en la banda adyacente inferior (470-790 MHz).

En resumen: que cuando se trata de evitar interferencias para ver la televisión, el Estado español impone sin ningún tipo de rubor obligaciones de todo tipo a las empresas de telefonía. Sin embargo, estando en juego la salud de millones de ciudadanos españoles por los efectos de las emisiones electromagnéticas de las antenas de telefonía móvil así como de los propios teléfonos móviles y otros sistemas inalámbricos, conforme está acreditado en numerosos estudios e investigaciones, el Gobierno sacó adelante el proyecto de ley que dio lugar a la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones, cuyo objetivo declarado era facilitar a las empresas de telefonía el despliegue de sus infraestructuras a lo largo del Estado español, al margen de cualquier consideración sanitaria.