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Las competencias de Urbanismo y control de licencias y Actividades Molestas son compatibles con las competencias estatales.

Sentencia del Tribunal Supremo Sala 3ª, sec. 4ª, S 4-7-2006, rec.417/2004 Contra la Ordenanza de Sant Joan de Labritja (Baleares)

Viernes 13 de julio de 2007 · 2648 lecturas



El TS declara no haber lugar al recurso de casación interpuesto por una mercantil contra sentencia del TSJ de Baleares, estimatoria parcial de su recurso contencioso-administrativo planteado contra la Ordenanza Municipal sobre Instalaciones de Telecomunicaciones y Telefonía Móvil, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento demandado, tras rechazar la Sala los motivos de casación esgrimidos por la recurrente, manifestando en lo fundamental que la competencia estatal exclusiva en materia de telecomunicaciones resulta compatible con el ejercicio de ciertas competencias municipales en materia de planeamiento urbanístico, control de actividades molestas, insalubres, nocivas o peligrosas y otorgamiento de licencias municipales de obras o de apertura, en función de diversos criterios, sin que por parte de la recurrente se llegara a concretar los preceptos de la ordenanza impugnada que vulneraban la normativa supuestamente infringida.

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